Ayudas para el comercio del equipamiento personal

pexels henry co 1233648 1

OBJETIVO
Ayudar al comercio dirigido al equipamiento personal minorista vasco, a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, las comunidades de bienes, sociedades civiles y, las microempresas y pequeñas empresas, para minimizar el impacto de las medidas adoptadas para contener la expansión de la COVID-19 y posibilitar que se produzca lo antes posible un relanzamiento de su actividad.

PERSONAS Y ENTIDADES BENEFICIARIAS
establecimientos dedicados al comercio al por menor

– Grupo CNAE 47.71: Comercio al por menor de prendas de vestir en establecimientos especializados.
– Grupo CNAE 47.72: Comercio al por menor de calzado y artículos de cuero en establecimientos especializados.

CUANTÍA DE LA AYUDA

– Establecimientos con 1-9 personas trabajadoras: 4.000 euros.
– Establecimientos de 10 o más de 10 personas trabajadoras: 4.500 euros.

En todos los casos, el cómputo total de las personas trabajadoras incluirá tanto a las personas autónomas como a las asalariadas, con independencia de la jornada a tiempo completo o parcial, en activo, en situación de ERTE, suspensión de la relación laboral o cese de actividad.

COMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS
Las ayudas obtenidas al amparo de la presente Orden serán compatibles con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso procedente de otras Administraciones públicas, y/o por entidades privadas.

Las realizaciones de las solicitudes se efectuarán exclusivamente por medios electrónicos a través de la siguiente dirección:
https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2021/epercom21/web01-tramite/es/

Fecha

09 Marzo 2021

Categoria

Actualidad