MEC 2019 Apoyo a la modernización de establecimientos comerciales

Merkataritza

Modernización de establecimientos comerciales ubicados en zona residencial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.


Serán subvencionables las inversiones dirigidas a la reforma y modernización del local, el mobiliario y los equipamientos necesarios para el desarrollo de la actividad comercial y sus elementos, tanto internos, como externos, incluyendo los rótulos comerciales. Las inversiones realizadas en estos activos para ser subvencionadas han de ser superiores a 4.000 euros.

También se subvencionarán balanzas electrónicas de mercaderías, equipos informáticos, aplicaciones y complementos de los mismos, siempre y cuando estén integrados en los procesos de comercialización o destinados a la gestión empresarial, la creación e implantación de páginas web con venta on-line y la adaptación de la página web del establecimiento comercial a dispositivos móviles.

Se limitará la inversión en equipos informáticos subvencionándose como máximo un equipo informático completo por establecimiento comercial, así como uno de cada diferente tipo de periféricos.

No serán objeto de subvención en ningún caso los teléfonos móviles ni tampoco la maquinaria específica destinada a servicios sanitarios o profesionales.

En todo caso, los activos objeto de apoyo, deberán estar directamente relacionados con la actividad comercial e ir destinados a la renovación y modernización de la empresa comercial, así como a la mejora de las técnicas de comercialización y reducción de costes del proceso distributivo.

En ningún caso se subvencionará la compra de locales comerciales ni los elementos de transporte. Tampoco la adquisición de equipamiento mediante leasing o renting.

El mínimo de inversión para ser subvencionable: 900 euros.

Las inversiones han de ser realizadas e incorporadas al activo de las empresas en el momento de la solicitud, de modo que con la solicitud han de presentar las facturas justificativas.

El máximo de subvención es de 9.000,00 euros por empresa y año. Este importe no puede ser superior al 30% de la inversión admitida.

Las ayudas se materializan en subvenciones a fondo perdido del 16%.Este porcentaje puede incrementarse en caso de que la empresa:

a) haya obtenido alguna certificación de calidad. 2 puntos adicionales.

b) acredite un vínculo con alguna asociación tanto zonal como gremial de comercio. 2 puntos adicionales.

c) realice inversión en software de gestión y/o páginas web con venta on-line. 2 puntos adicionales.

d) tenga personal empleado en posesión de alguna titulación reglada o alguna certificación de profesionalidad relacionada con el sector comercial. 2 puntos adicionales.

e) tenga al menos la mitad de la plantilla contrato indefinido. 3 puntos adicionales.

f) disponga de Plan de Igualdad o Plan de Conciliación de la vida laboral y familiar, o si cuenta con el reconocimiento como Entidad Colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres. 3 puntos adicionales.

g) se encuentre adherida al Sistema de Arbitraje de Kontsumobide. 2 puntos adicionales.

h) haya participado en un programa de transmisión empresarial. 2 puntos adicionales.

i) realice una inversión que aporte valor añadido, carácter singular o una iniciativa innovadora. 2 puntos adicionales.

En ningún caso el porcentaje de subvención podrá ser superior al 30% de la inversión total admitida y la subvención máxima concedida será de 9.000 euros por establecimiento y año.

Para el cálculo de la subvención se considera el coste en factura deducido el impuesto del valor añadido.

Fecha

31 Mayo 2019

Categoria

Emprendimiento