Objeto
El objeto de la presente linea de subvenciones son las ayudas que el Gobierno Vasco, a través del Departamento de Trabajo y Empleo, podrá otorgar, durante el ejercicio 2022, para:
a) La incorporación de personas desempleadas a empresas con forma jurídica de Sociedad Cooperativa o Sociedad Laboral, en calidad de personas socias trabajadoras o de trabajo de duración indefinida.
b) La incorporación como personas socias trabajadoras o socias de trabajo de las personas trabajadoras no-socias con contrato laboral por cuenta ajena, en activo, en empresas con forma jurídica de Sociedad cooperativa o laboral.
c) La incorporación como personas socias trabajadoras o socias de trabajo de personas que tengan la condición de discapacitadas.
d) La incorporación como personas socias a cooperativas agrarias, de titulares de explotaciones agrícolas, ganaderas, forestales y mixtas.
El Departamento de Trabajo y Justicia concederá como subvención las siguientes cuantías:
a) Por los supuestos previstos en el artículo 1.a): 2.500 euros
b) Por los supuestos previstos en el artículo 1.b): 1.500 euros
c) Por los supuestos previstos en el artículo 1.c): 2.000 euros
d) Por los supuestos previstos en el artículo 1.d): 2.000 euros
Dicha cantidad se incrementará hasta en trescientos (300) euros por causa de cada uno de los conceptos recogidos en la normativa reguladora ( Ser mujer, Tener la condición de persona discapacitada, con una reconocida minusvalía, como mínimo, del 45%, etc, etc).
El plazo para la presentación de solicitudes finalizará el 15 de septiembre de 2022.